jueves, 31 de marzo de 2011

El divorcio en México



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EL DIVORCIO EXPRESS es el más sencillo y nuevo método, recientemente aprobado y publicado por la Ley en el Distrito Federal, con el cual ya no se necesita que exista una causa para divorciarse, basta con que el hombre, o la mujer, que forman parte de una pareja manifiesten a un Juez Familiar, su deseo de divorciarse para poder obtener dicho DIVORCIO, sin que el otro pueda oponerse y puede ser utilizado por personas que vivan en cualquier lugar de México o del mundo, por lo que no es exclusivamente para los habitantes del Distrito Federal.

El divorcio exprés de la Ciudad de México requiere que los solicitantes hayan cumplido al menos un año de casados, que uno de los cónyuges quiera divorciarse y que tengan su último domicilio en el Distrito Federal.
En esta nueva modalidad ya no se requiere causa alguna para solicitarlo (violencia, abandono de hogar, etc.), ni el consentimiento del otro cónyuge (olvida los chantajes y condiciones); siempre que haya transcurrido un año de la celebración del matrimonio.

Por lo tanto, con la solicitud de uno sólo de los cónyuges, basta para que el Juez de lo Familiar, decrete el divorcio. (Unilateral)
También puedes aprovechar esta modalidad, si ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse. (Mutuo acuerdo)

En ambos casos se debe presentar una propuesta de convenio, que deberá contemplar:
-Guarda y custodia
-Modalidad de convivencia con los hijos.
-Pensión alimenticia para menores y/o cónyuge
-Garantía de pago de la pensión alimenticia
-Propuesta de liquidación de bienes (en sociedad conyugal)
-Designación del cónyuge que hará uso del domicilio conyugal
-Compensación al otro cónyuge, en régimen de separación de bienes y de ser aplicable.

Si te casaste en otro Estado de la República, se puede tramitar tu divorcio express en el Distrito Federal, siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley.


En caso de no llegar a un acuerdo en lo relacionado a la Guarda y Custodia, Alimentos, Régimen de Convivencias, Liquidación de la Sociedad Conyugal o Indemnizaciones, esto se resolverá en etapas posteriores inmediatas al divorcio, llamadas “incidentes”.
Estos “incidentes” tienen un trámite y costo independiente al juicio principal de Divorcio.

DOCUMENTOS QUE NECESITO PARA DIVORCIARME

-Acta de Matrimonio
-Acta deNacimiento de hijos si es el caso
-Escrituras de los Bienes si los hay
-Domicilio del Esposo si fuera el caso
.Domicilio de su lugar de Trabajo si fuera el caso

Contactanos abogados expertos en derecho Familiar para llevar tu procedimiento de divorcio
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lunes, 14 de marzo de 2011

TODO SOBRE LA PENSIÓN ALIMENTICIA

ABBOGADOS ESPECIALISTAS EN PENSIÓN ALIMENTICIA
ASESORIA JURÍDICA GRATIS 
Teléfono: 56850466
correos contacto@abogadoenunclic.com.mx, fernando@abogadoenunclic.com.mx, raziel@abogadoenunclic.com.mx

SOBRE ESTE TEMA SIEMPRE SURGEN MUCHAS DUDAS VAMOS A INFORMAR A GRANDES RASGOS SOBRE LA PENSIÓN ALIMENTICIA, PERO SI TIENEN DUDAS AL RESPECTO PUEDEN CONTACTARNOS.


¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS A DAR ALIMENTOS?
Según la ley los que estan obligados a dar aliemntos son:
  • Los cónyuges
  • Los concubinos
  • Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos
  • Los hijos están obligados a dar alimentos a los padres
  • A falta o por imposibilidad de los ascendientes o descendientes, la obligación recae en los hermanos de padre y madre

    ¿QUÉ COMPRENDEN LOS ALIMENTOS?
    Los alimentos comprenden:
    • La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y en su caso, los
    gastos de embarazo y parto;
    • Respecto de los menores, además, los gastos para su educación y para proporcionarles
      oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales;
    • Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de
      interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo; y
    • Por lo que hace a los adultos mayores que carezcan de capacidad económica, además de
      todo lo necesario para su atención geriátrica, se procurará que los alimentos se les proporcionen,
      integrándolos a la familia.
    ¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO PARA DEMANDAR LA PENSIÓN ALIMENTICIA?
    Acta de Matrimonio si estan casados
    Acta de Nacimiento de lo s Hijos
    Domicilio de la persona a la que se va demandar
    Domicilio del empleo de la persona a que se va demandar

    ¿SI SOY HOMBRE Y ESTOY DESEMPLEADO PUEDO PEDIR PENSIÓN ALIMENTICIA?
    Por supuesto que solo se tiene que acreditar esta circunstancia, y demostrar que la cónyuge esta estable en algún empleo, dicha prueba tendrá que aportarla el hombre en este caso

    ¿CUÁNDO PUEDE SUSPENDERSE O CESAR LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS?
    • Cuando el que la tiene carece de medios para cumplirla;
    • Cuando el alimentista deja de necesitar los alimentos;
    • En caso de violencia familiar o injurias graves inferidas, por el alimentista mayor de edad,
    contra el que debe prestarlos;
    • Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o de la falta de
    aplicación al estudio del alimentista mayor de edad;
    •  Si el alimentista, sin consentimiento del que debe dar los alimentos, abandona la casa de
    éste por causas injustificables

    Para cualquier asesoría al respecto recuerde que lo podemos atender vía telfónica o de manera personalizada, llamenos para cualquier duda
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    estamos ubicados en estrella 4 esquina Ermita Iztapalapa, Colonia Barrio de San Pablo
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